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Puede darse el caso de que un trabajador al que se le ha reconocido la incapacidad permanente total para su profesión habitual, tras una revisión de la misma, la vea revocada por una mejoría en su estado que le haya permitido recuperar las capacidades laborales perdidas. En este momento, el trabajador puede estar realizando un trabajo compatible con la situación de incapacidad que acaba de perder, o bien no tener ningún tipo de actividad laboral y depender para su sustento de la pensión que acompaña a la incapacidad permanente.
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